REGLAMENTO GENERAL DE ARGENTINA ORO 2008

1. BASES
Argentina Oro 2008 - se llevará a cabo los días 5 y 6 de noviembre de 2008, en el Hotel Emperador – Salones La Castellana, Córdoba y Granada del 1º subsuelo, en la ciudad de Buenos Aires, Argentina. La muestra estará abierta a la participación de todas las especialidades y rubros de la industria, el comercio, la producción y servicios relacionados con la industria minera. A tal fin se ha establecido el presente Reglamento General de la Exposición cuya aplicación garantiza la absoluta igualdad de trato y oportunidad para todas las empresas expositoras.
El presente Reglamento General como así también las disposiciones publicadas en los Boletines Informativos y los Comunicados Técnicos que en su oportunidad emita el Comité Ejecutivo de la Exposición son de cumplimiento obligatorio por parte de los expositores, quienes así los aceptan desde la firma de su Solicitud de Participación-Contrato.

2. FINALIDAD
2.1. Mostrar a las autoridades oficiales, empresarias, diplomáticas y público en general el alto nivel logrado por la industria argentina y extranjera del sector.
2.2 Contendrá los puntos de vista de analistas internacionales, en cuanto a mercados, precios, inversiones, competitividad internacional del oro.
2.3. Tendremos un panorama de cómo se desarrollan los proyectos en el país y en países del Continente en el campo de la investigación y el aprovechamiento de los minerales de oro, dado que tendremos la participación de todas las empresas mineras del país y empresas invitadas del Continente.
2.4. Promover las ventas de los productos exhibidos, tanto en el mercado interno, como en el exterior.
2.5. Incrementar el alto grado de profesionalidad del sector, con la inclusión de eventos de actualización.

3. PARTICIPANTES Y RUBROS A EXHIBIR

3.1 Todas las empresas fabricantes, distribuidoras, importadoras, etc., sean nacionales o extranjeras que comercialicen productos relacionados a la minería.
3.2. Todas las empresas de servicios relacionados con la minería.
3.3 Entidades bancarias y financieras de apoyo a las actividades relacionadas con la muestra.
3.4 Organismos oficiales y nacionales, extranjeros o internacionales relacionados con el desarrollo económico, tecnológico o financiero de la industria minera.
3.5 Organizaciones y empresas nacionales e internacionales que hagan al desarrollo económico, tecnológico o financiero de la minería.
3.6 Compañías de transporte y carga, que contribuyan a las exportaciones e importaciones de los productos afines a la minería..
3.7 En el stand de cada expositor no se podrá publicitar productos y/o servicios de terceros que no intervengan en la muestra, ni proveedores de elementos componentes de los productos de ese expositor. Los fabricantes podrán anunciar a sus distribuidores exclusivos y/o oficiales.
3.8 Los productos a exhibir deberán ser nuevos de fábrica, sin uso.

4. CONDICIONES DE PARTICIPACION, TARIFAS Y FORMAS DE PAGO
4.1. Para participar en Argentina Oro las empresas interesadas deberán presentar la Solicitud de Reserva - Contrato completando todos los datos que se consignan en la misma. El C.E. podrá rechazar aquellas solicitudes que a su entender no coincidan con el espíritu de la muestra, reservándose por lo tanto el derecho de admisión a las mismas
4.2. La tarifa depende de las dimensiones de cada módulo. Estos precios no incluyen I.V.A.
4.3. Estas tarifas incluyen:
a)-Utilización del espacio arrendado durante el tiempo de preparación, de exhibición y desarme de la exposición.
b)-Alfombra de color uniforme en pasillo color azul y de color gris en los stands
c)-Vigilancia de áreas comunes. (No de stands)
d)-Limpieza general de áreas comunes. (No de stands)
e)-Asesoramiento y administración general.
f)-Figuración en la pàgina web de la exposición.
g)-Publicidad y promoción general de la exposición.
4.4. El precio de los módulos se podrá abonar de la siguiente manera: a) CONTADO: 100% a la firma de la Solicitud de Reserva-Contrato ó b) FINANCIADO: 30%(treinta por ciento) a la firma de la Solicitud de Reserva-Contrato y el 70% (setenta por ciento) restante en cuotas mensuales iguales, debiendo estar cancelado antes del inicio del evento.
La totalidad de los importes mencionados en la Solicitud de Reserva-Contrato y/o Reglamento General se fijan en dólares estadounidenses (US$), pudiéndose abonar en esa moneda o bien en pesos suficientes para adquirir la cantidad de dólares adeudados de acuerdo a la cotización del Banco Central de la República Argentina, tipo vendedor, del día en que se efectivice el pago. Deberán ser abonados en billetes ó cheques a la orden de P. M. Servicios Empresarios S.R.L. , pagaderos a la fecha de vencimiento establecida para la cuota respectiva.
Las cuotas serán pagaderas en la sede administrativa de Panorama Minero Viamonte 2146, 5 – A – Capital Federal
4.5. El incumplimiento por parte del expositor de cualquiera de las obligaciones al presente Reglamento y en especial a la modalidad de pago referida anteriormente dará lugar a que el C.E.:
4.5.1. Solicite el cumplimiento del contrato suscripto y/o
4.5.2. Rescinda el mismo de pleno derecho. En este último supuesto, los efectos para el expositor serán los siguientes:
4.5.2.1. Pérdida total de las sumas abonadas hasta ese momento por parte del expositor.
4.5.2.2. El expositor deberá abonar dentro de diez días de comunicada la rescisión, las sumas faltantes para integrar el precio del lote en concepto de daños y perjuicios y como indemnización tabulada. La mora será automática de pleno derecho, por el mero transcurso del tiempo, sin que sea necesaria la existencia de comunicación alguna.
4.6. El expositor no puede renunciar al cumplimiento del contrato en todas sus partes. Sin perjuicio de lo expuesto, si el expositor comunicara que no participará en el evento por cualquier causa, será aplicable lo dispuesto en el punto 4.5.
4.7. El C.E. tiene la facultad de cancelar y adjudicar a terceros los lotes de aquellos expositores que habiendo abonado la totalidad de los pagos no hubiesen ocupado el lote arrendado de acuerdo a los tiempos establecidos previo a la inauguración de la Exposición. El C.E. podrá disponer del mismo y/o adjudicarlo a terceros, perdiendo el expositor el derecho sobre los importes abonados.
4.8. A los efectos de preservar la imagen de conjunto de la muestra y los intereses particulares de cada expositor de Argentina Oro , se establece que los expositores que no hayan terminado la construcción de los stands en el tiempo estipulado previamente podrán ser sancionados con una multa, cuyo importe la establecerán y comunicarán las autoridades de Argentina Oro , en concepto de daños y perjuicios (se sugiere a los expositores trasladar esta penalidad a los contratos con sus respectivos constructores de stands).
4.9. Si a la fecha establecida para la inauguración de la exposición se adeudaran importes por servicios adicionales y/o cualquier otro concepto, las autoridades de Argentina Oro , podrán disponer la clausura del stand sin indemnización ni reintegro alguno, hasta que dichos importes hayan sido cancelados.
4.10. A toda cuota no pagada en término, se le aplicará un recargo punitorio y por gastos administrativos establecidos por el C.E.

5. CESION DE ESPACIO
El expositor no podrá ceder, donar, vender, alquilar, transferir, ni compartir el lote adjudicado ni parte del mismo sin la previa autorización por escrito del C.E.

6. PUBLICIDAD
6.1. Los expositores no podrán realizar publicidad fuera de sus stands, dentro de la exposición.
6.2. En el stand de cada expositor no se podrá publicitar productos y/o servicios de terceros que no intervengan en la muestra, ni proveedores de elementos componentes de los productos de ese expositor. (Los fabricantes podrán anunciar a sus distribuidores exclusivos y/u oficiales, y en la forma que el C.E. indicará oportunamente).
6.3. Los equipos de sonido (radios, televisores, audiovisuales, etc.) que se instalen en funcionamiento permanente o de demostración, deberán operar acústicamente aislados, no debiendo exceder los 20 dB(A) decibeles el nivel de presión sonora medido a 1 metro del perímetro del stand.
Los expositores no podrán propalar ninguna clase de música sin acreditar previamente el cumplimiento de las disposiciones pertinentes ante SADAIC y AADI - CAPIF. Las empresas expositoras asumen la total responsabilidad por los pagos que deben efectuarse a dichas entidades por la propalación de música en sus respectivos stands.
6.4. Toda forma de publicidad dentro del stand, es libre, siempre que su contenido no suponga infracción a las disposiciones vigentes y que se adecue a lo establecido en el Reglamento General de la exposición.

7. SEGUROS
7.1. El expositor será el único responsable por los daños y perjuicios causados a su personal, a visitantes de la muestra que se encuentren dentro de su stand y/o a sus cosas o a bienes de cualquier naturaleza por robo, hurto, incendio, rayo, tempestad, explosión, granizo, penetración de agua, humedad, inundaciones y goteras, por accidentes, por conmoción civil, por sabotaje; y otras causas cualesquiera sea su origen y procedencia, y será asimismo responsable por los daños y/o perjuicios personales ocasionados dentro y fuera del stand por su personal y/o por las cosas de que se sirve o que tiene a su cuidado.
7.2 Argentina Oro establecerá personal de vigilancia general, responsable del orden y de la atención de imprevistos, no siendo responsables de los robos y los hurtos que se produzcan dentro de los stands. Durante las horas de cierre al público no podrá permanecer dentro del recinto de la muestra otro personal que el de vigilancia citado.
7.3. El personal de vigilancia de dependencia del expositor deberá SER CONTRATADO DIRECTAMENTE CON EL HOTEL.

8. LIMPIEZA
8.1. Argentina Oro dispondrá de personal de limpieza del recinto general de la exposición. La limpieza de cada uno de los stands estará a cargo de los expositores que se obligan a:
a- Mantener los stands en impecables condiciones durante el horario de apertura al público.
b- Realizar la limpieza general de los stands todos los días una hora antes de la apertura de la exposición al público visitante.
c- Arrojar los desperdicios en los depósitos comunes y en ningún caso en pasillos.
Las autoridades de Argentina Oro se reservan el derecho de clausurar el stand que a su juicio no cumpla con estas condiciones.
8.2. El personal de limpieza de dependencia del expositor deberá SER CONTRATADO EN EL HOTEL
8.3. El horario de ingreso a la muestra para limpieza y reponer los productos destinados a la exhibición y los necesarios para el mantenimiento o funcionamiento del stand, será únicamente el que oportunamente comunique el C.E. Cualquier excepción al mismo deberá ser autorizado por escrito por las Autoridades de Argentina Oro.

9. INAUGURACION Y HORARIOS
Los horarios de inauguración y apertura al público visitante, serán los siguientes:

Miércoles 5-11-2008 9:30 a 18:00 hs. - Acto Inaugural 9:30 hs.
Jueves 6-12-2008 11:00 a 18:00 hs

10. INGRESO Y CREDENCIALES
El uso de las credenciales es obligatorio en todo momento, estando el personal de seguridad autorizado a requerir su uso.
Las empresas expositoras deberán entregar un listado con la solicitud de credenciales, indicando quienes harán el armado del stand y quienes atenderán el mismo a más tardar el día 15 de Octubre, indicando en el mismo el número de documento y cargo.

Todo ingreso o egreso del material se hará efectivo en Av. Del Libertador 420 - Cáp. Fed. en el sector de cargas y descargas situado en el 1º subsuelo ( entrada por la rampa de acceso al parking), de lunes a sábados de 09:00 a 17:00 hs.

El material será recibido bajo las siguientes condiciones en mesa de entrada, oficina de Seguridad:

- Deberá entregarse con un remito que será provisto por el Hotel
- Los bultos deberán estar cerrados y rotulados con los siguientes datos: Nombre de la empresa, fecha del evento, salón contratado.
- El remito quedará registrado en el Depto. de Seguridad del Hotel y una copia le será entregada a la persona que entregue el mismo.
- Todo contratista recibirá una credencial de visita para ingresar al Hotel, sin la misma no podrá transitar por las áreas de servicio del establecimiento.
- Por razones de seguridad no está permitido ingresar al Hotel elementos combustibles ( Ej: garrafas, naftas, etc)
- El Hotel Emperador no se responsabiliza por la mercadería y/o elementos abandonados en sus instalaciones.
- En caso de fuerza mayor y que el material no pueda ser entregado en el horario establecido, se deberá informar a la Coordinadora de Eventos con un mínimo de 24 hs. Siendo esto una excepción.

El Hotel no se hará responsable por el estado de los materiales dentro de cada uno de los bultos cerrados.
Una vez transcurrido el evento el Hotel mantendrá bajo custodia por el lapso máximo de 7 (siete) dias.
Los mismos deberán ser retirados por personal autorizado de la empresa, y el mismo deberá firmar un remito conforme a lo retirado. Pasado ese lapso, el Hotel no será responsable de los mismos.

11. ASESORAMIENTO
El C.E. de Argentina Oro , está a disposición del expositor para asesorarlo en todo lo concerniente a su participación, aspectos reglamentarios, etc.
Las consultas deben efectuarse en la oficina del C.E.: Viamonte 2146, 5 A (C1056ABH), Buenos Aires, Argentina. Tel (54-11)4952-6097/1117 o por e-mail a plyons@panoramaminero.com.ar.

12. MODIFICACIONES, APLAZAMIENTO, ANULACIÓN
El C.E. se reserva el derecho de modificar, cuando lo considere necesario, las fechas y horarios de la exposición como asimismo los planos originales o previstos de distribución de los stands para mejor desenvolvimiento del evento sin que ello dé lugar a indemnización alguna para el expositor. Asimismo en caso fortuito o de fuerza mayor, que tenga como consecuencia la anulación del evento, se devolverán las sumas abonadas por los expositores, previa deducción a prorrata de los gastos efectuados, sin indemnización alguna.
Se considera fuerza mayor todo acontecimiento más allá de cualquier razonable control del C.E. por lo cual está imposibilitado de prevenirlo no obstante haber procedido con razonable diligencia. Asimismo se considera fuerza mayor el hecho que, no obstante haberse contratado el espacio correspondiente para el desarrollo del evento su detentador (Predio Ferial) no permita su utilización por una causa atribuible a su propia decisión en la fecha acordada o difiere su realización para una fecha que el C.E. no considere adecuada.

13. EXCEPCIONES, MODIFICACIONES
En casos excepcionales las autoridades de la exposición se reservan el derecho de efectuar las autorizaciones y modificaciones al presente reglamento, y autorizaciones no previstas en el mismo, que a su mejor saber y entender consideren conveniente para el mayor éxito de la muestra.

14. OBLIGACIONES
14.1. Todas las estipulaciones establecidas en el Reglamento General, boletines informativos, comunicados técnicos, solicitudes, plan de tiempos, planos, superficies y precios, son de cumplimiento obligatorio; si por cualquier razón el expositor incurriera en el incumplimiento total o parcial de las mismas, ello faculta a las autoridades de Argentina Oro para que, sin necesidad de interpelación alguna, dé por terminada la relación contractual, quedando las sumas percibidas hasta el momento a beneficio de Argentina Oro y a exigir el total del resto adeudado sin perjuicio del derecho a retención que podrá ejercer sobre los materiales y elementos que ocupen el módulo utilizado hasta el pago total de las sumas reclamadas
14.2. Dado que la exposición no posee franquicias especiales, la comercialización de cualquier producto debe hacerse respetando la totalidad de las disposiciones de salud pública, de identificación de mercadería, de comercio, impositivos, I.V.A., etc. que son de corriente aplicación.

15. NORMAS PARA PROYECTO Y REALIZACION DE STANDS - SOLICITUD Y USO DE SERVICIOS
La documentación de proyectos, construcción y desarme de los stands y solicitud de servicios deben ajustarse a las normas establecidas en este Reglamento.

16. ELEMENTOS PROVISTOS POR ARGENTINA ORO EN STAND CON INFRAESTRUCTURA BASICA:
16.1.La alfombra es en los pasillo azul y la de los stand es gris
16.2 Medidas de Paneles: 0.95 m de ancho a eje de columna y 2.40 m de altura
16.3. Cartel banderita con número de stand y nombre del expositor
16.4 Electricidad: Sopts en base a 50 watts por m2 y toma corriente con llave térmica y disyuntor de 220
V 60 Ciclos.
16.5 Una mesa y dos sillas

17. MONTAJES Y ARMADOS

- Está terminantemente prohibido realizar trabajos de carpintería ó pintura dentro del salón.
- No se permite clavar ni pegar material decorativo a las instalaciones del Hotel ( paredes, vidrios, techos, etc)
- Toda estructura, escenografia, escenarios, iluminación, sonido u otros a ser armados en el espacio rentado no podrán ser apoyados sobre la alfombras, paredes, columnas y/o decoraciones del Hotel sin una cobertura previa.
- Si se tuviera que contar con personal extra ( no habitual) para el armado de stands ó equipamiento el mismo será a cargo del cliente.
- Ningún tipo de instalación eléctrica será realizada sin la previa autorización del Depto. de Mantenimiento del Hotel. La misma se deberá requerir con 24 hs. de anticipación.
- En ningún momento se podrán cubrir, tapar o bloquear dejando inaccesible elementos de seguridad del Hotel, tales como salidas de emergencias, hidrantes, indicadores de incendio, detectores de humo o sprinklers.
- Todo cableado que se realice en los salones del Hotel deberá ser correctamente encintado.
- La alfombras de los salones deberán ser protegidas cuando los contratistas realicen todo de trabajo dentro del salón, como así también para el traslado de elementos muy pesados.
- Es responsabilidad del cliente proveer material suficiente para proteger las instalaciones del Hotel ( fenolicos, alfombras, maderas, etc ) como protección.
- Todo daño producido a las instalaciones del Hotel, producto del acarreo, armado, etc del evento, ya sea por parte del cliente ó su proveedor, quedará bajo la responsabilidad de la empresa contratante, el cubrir la reparación de los daños pertinentes.


18. MEDIANERAS
18.1. Materializada por paneles de 2,40m de alto sistema modular con paneles blancos y perfilería de aluminio. Sobre éstos se puede fijar únicamente materiales autoadhesivos pero no pintar ni fijar elementos con pegamentos de ninguna naturaleza, la estructura no debe usarse para soporte de vitrinas u otros elementos, sólo para murales o muestrarios que no superen los 5 Kg en cada panel, los que se colgarán de la barra superior. No se puede agujerear, atornillar, ni clavar con elementos de ningún tamaño. Los paneles dañados se cobrarán al expositor.
182. En todos los casos las medidas de los módulos están tomadas de eje a eje de las medianeras. A pesar de encontrarse los lotes divididos por paneles con medidas fijas, se recomienda a los expositores trabajar en el diseño de sus stands con márgenes de seguridad en las dimensiones de los elementos y verificar en obra las medidas exactas del lote utilizado.


19. PRESENTACION DE PLANOS
Los expositores deberán presentar antes del lunes 20 deoctubre de 2008 en las oficinas del C.E. sito en Viamonte 2146, 5A - Buenos Aires, Tel.: (54 11) 4952-1117 . dos copias de planos en escala 1: 20 ó 1: 50, cada copia con una elevación y una planta de stands (no perspectiva), deberá tambien figurar claramente el nombre de la empresa expositora, número del stand y el nombre, domicilio y teléfono del constructor del stand. Los planos aprobados u observados podrán retirarse diez días después de su presentación. En el plano se deberá indicar la ubicación de la acometida eléctrica.

20. ALTURA DE LAS CONSTRUCCIONES
La altura máxima de cualquier construcción, inclusive artefactos de iluminación, es de hasta 2,50m desde el piso.

21. LIMITES
Ningún elemento puede exceder los límites del lote, a ninguna altura.

22. CIELORRASOS
En todos los casos y aunque no superen los 2,40m de altura deben ser autoportantes, es decir, no pueden apoyarse sobre los tabiques medianeros.

23. MOSTRADORES
Los frentes de mostradores de atención deberán quedar a una distancia mínima de 0,80m respecto del frente del stand.

24. ILUMINACION
24.1. En la instalación de los artefactos debe cuidarse que los mismos no causen molestias al público, ni a los stands circundantes.
24.2. No se permite la colocación de artefactos de iluminación sobre pisos o al alcance del público sin algún elemento de protección que evite el contacto con este.
24.3. Los carteles luminosos o decoraciones con tubos de neón, que se ubiquen al alcance del público, se deben colocar detrás de paneles de vidrio, acrílico ó cualquier otro elemento que evite efectivamente el contacto con el público.

25. SONIDO
El único sonido admitido es el normal de las máquinas y equipos el que asimismo podrá ser limitado o prohibido por el C.E. si lo considera excesivo Los expositores que deseen instalar emisores de sonido (cine sonoro, audiovisuales, videograbadores) en funcionamiento permanente o intermitente, deberán instalarlos en condiciones que no produzcan molestias ajustándose a lo establecido en el punto 6.3.

26. RESPONSABILIDAD
Es del expositor por todo tipo de daños o accidentes que provoquen sus elementos eléctricos a sí mismo, su personal, sus productos o terceros.

27. PENALIDADES
Se clausuraran las instalaciones no solicitadas previamente y las no aprobadas por la Dirección Técnica, y no se habilitarán otras en su reemplazo

28. PLAZO DE EJECUCION
Construcción de stands:
El día 4 de noviembre de 14:00 a 20:00 horas.

29. DESARME
Los expositores están obligados a retirar sus productos, a desarmar y retirar sus stands el día 6 de noviembre una vez finalizada la exposición.. Los deterioros producidos en instalaciones se reparán con cargo del Expositor. Los expositores no están autorizados a realizar reparaciones de ninguna clase.