REGLAMENTO
GENERAL DE ARGENTINA ORO 2008
1.
BASES
Argentina Oro 2008 - se llevará a cabo los días 5 y
6 de noviembre de 2008, en el Hotel Emperador – Salones La Castellana,
Córdoba y Granada del 1º subsuelo, en la ciudad de Buenos
Aires, Argentina. La muestra estará abierta a la participación
de todas las especialidades y rubros de la industria, el comercio,
la producción y servicios relacionados con la industria minera.
A tal fin se ha establecido el presente Reglamento General de la Exposición
cuya aplicación garantiza la absoluta igualdad de trato y oportunidad
para todas las empresas expositoras.
El presente Reglamento General como así también las
disposiciones publicadas en los Boletines Informativos y los Comunicados
Técnicos que en su oportunidad emita el Comité Ejecutivo
de la Exposición son de cumplimiento obligatorio por parte
de los expositores, quienes así los aceptan desde la firma
de su Solicitud de Participación-Contrato.
2.
FINALIDAD
2.1. Mostrar a las autoridades oficiales, empresarias, diplomáticas
y público en general el alto nivel logrado por la industria
argentina y extranjera del sector.
2.2 Contendrá los puntos de vista de analistas internacionales,
en cuanto a mercados, precios, inversiones, competitividad internacional
del oro.
2.3. Tendremos un panorama de cómo se desarrollan los proyectos
en el país y en países del Continente en el campo de
la investigación y el aprovechamiento de los minerales de oro,
dado que tendremos la participación de todas las empresas mineras
del país y empresas invitadas del Continente.
2.4. Promover las ventas de los productos exhibidos, tanto en el mercado
interno, como en el exterior.
2.5. Incrementar el alto grado de profesionalidad del sector, con
la inclusión de eventos de actualización.
3.
PARTICIPANTES Y RUBROS A EXHIBIR
3.1
Todas las empresas fabricantes, distribuidoras, importadoras, etc.,
sean nacionales o extranjeras que comercialicen productos relacionados
a la minería.
3.2. Todas las empresas de servicios relacionados con la minería.
3.3 Entidades bancarias y financieras de apoyo a las actividades relacionadas
con la muestra.
3.4 Organismos oficiales y nacionales, extranjeros o internacionales
relacionados con el desarrollo económico, tecnológico
o financiero de la industria minera.
3.5 Organizaciones y empresas nacionales e internacionales que hagan
al desarrollo económico, tecnológico o financiero de
la minería.
3.6 Compañías de transporte y carga, que contribuyan
a las exportaciones e importaciones de los productos afines a la minería..
3.7 En el stand de cada expositor no se podrá publicitar productos
y/o servicios de terceros que no intervengan en la muestra, ni proveedores
de elementos componentes de los productos de ese expositor. Los fabricantes
podrán anunciar a sus distribuidores exclusivos y/o oficiales.
3.8 Los productos a exhibir deberán ser nuevos de fábrica,
sin uso.
4.
CONDICIONES DE PARTICIPACION, TARIFAS Y FORMAS DE PAGO
4.1. Para participar en Argentina Oro las empresas interesadas deberán
presentar la Solicitud de Reserva - Contrato completando todos los
datos que se consignan en la misma. El C.E. podrá rechazar
aquellas solicitudes que a su entender no coincidan con el espíritu
de la muestra, reservándose por lo tanto el derecho de admisión
a las mismas
4.2. La tarifa depende de las dimensiones de cada módulo. Estos
precios no incluyen I.V.A.
4.3. Estas tarifas incluyen:
a)-Utilización del espacio arrendado durante el tiempo de preparación,
de exhibición y desarme de la exposición.
b)-Alfombra de color uniforme en pasillo color azul y de color gris
en los stands
c)-Vigilancia de áreas comunes. (No de stands)
d)-Limpieza general de áreas comunes. (No de stands)
e)-Asesoramiento y administración general.
f)-Figuración en la pàgina web de la exposición.
g)-Publicidad y promoción general de la exposición.
4.4. El precio de los módulos se podrá abonar de la
siguiente manera: a) CONTADO: 100% a la firma de la Solicitud de Reserva-Contrato
ó b) FINANCIADO: 30%(treinta por ciento) a la firma de la Solicitud
de Reserva-Contrato y el 70% (setenta por ciento) restante en cuotas
mensuales iguales, debiendo estar cancelado antes del inicio del evento.
La totalidad de los importes mencionados en la Solicitud de Reserva-Contrato
y/o Reglamento General se fijan en dólares estadounidenses
(US$), pudiéndose abonar en esa moneda o bien en pesos suficientes
para adquirir la cantidad de dólares adeudados de acuerdo a
la cotización del Banco Central de la República Argentina,
tipo vendedor, del día en que se efectivice el pago. Deberán
ser abonados en billetes ó cheques a la orden de P. M. Servicios
Empresarios S.R.L. , pagaderos a la fecha de vencimiento establecida
para la cuota respectiva.
Las cuotas serán pagaderas en la sede administrativa de Panorama
Minero Viamonte 2146, 5 – A – Capital Federal
4.5. El incumplimiento por parte del expositor de cualquiera de las
obligaciones al presente Reglamento y en especial a la modalidad de
pago referida anteriormente dará lugar a que el C.E.:
4.5.1. Solicite el cumplimiento del contrato suscripto y/o
4.5.2. Rescinda el mismo de pleno derecho. En este último supuesto,
los efectos para el expositor serán los siguientes:
4.5.2.1. Pérdida total de las sumas abonadas hasta ese momento
por parte del expositor.
4.5.2.2. El expositor deberá abonar dentro de diez días
de comunicada la rescisión, las sumas faltantes para integrar
el precio del lote en concepto de daños y perjuicios y como
indemnización tabulada. La mora será automática
de pleno derecho, por el mero transcurso del tiempo, sin que sea necesaria
la existencia de comunicación alguna.
4.6. El expositor no puede renunciar al cumplimiento del contrato
en todas sus partes. Sin perjuicio de lo expuesto, si el expositor
comunicara que no participará en el evento por cualquier causa,
será aplicable lo dispuesto en el punto 4.5.
4.7. El C.E. tiene la facultad de cancelar y adjudicar a terceros
los lotes de aquellos expositores que habiendo abonado la totalidad
de los pagos no hubiesen ocupado el lote arrendado de acuerdo a los
tiempos establecidos previo a la inauguración de la Exposición.
El C.E. podrá disponer del mismo y/o adjudicarlo a terceros,
perdiendo el expositor el derecho sobre los importes abonados.
4.8. A los efectos de preservar la imagen de conjunto de la muestra
y los intereses particulares de cada expositor de Argentina Oro ,
se establece que los expositores que no hayan terminado la construcción
de los stands en el tiempo estipulado previamente podrán ser
sancionados con una multa, cuyo importe la establecerán y comunicarán
las autoridades de Argentina Oro , en concepto de daños y perjuicios
(se sugiere a los expositores trasladar esta penalidad a los contratos
con sus respectivos constructores de stands).
4.9. Si a la fecha establecida para la inauguración de la exposición
se adeudaran importes por servicios adicionales y/o cualquier otro
concepto, las autoridades de Argentina Oro , podrán disponer
la clausura del stand sin indemnización ni reintegro alguno,
hasta que dichos importes hayan sido cancelados.
4.10. A toda cuota no pagada en término, se le aplicará
un recargo punitorio y por gastos administrativos establecidos por
el C.E.
5.
CESION DE ESPACIO
El expositor no podrá ceder, donar, vender, alquilar, transferir,
ni compartir el lote adjudicado ni parte del mismo sin la previa autorización
por escrito del C.E.
6.
PUBLICIDAD
6.1. Los expositores no podrán realizar publicidad fuera de
sus stands, dentro de la exposición.
6.2. En el stand de cada expositor no se podrá publicitar productos
y/o servicios de terceros que no intervengan en la muestra, ni proveedores
de elementos componentes de los productos de ese expositor. (Los fabricantes
podrán anunciar a sus distribuidores exclusivos y/u oficiales,
y en la forma que el C.E. indicará oportunamente).
6.3. Los equipos de sonido (radios, televisores, audiovisuales, etc.)
que se instalen en funcionamiento permanente o de demostración,
deberán operar acústicamente aislados, no debiendo exceder
los 20 dB(A) decibeles el nivel de presión sonora medido a
1 metro del perímetro del stand.
Los expositores no podrán propalar ninguna clase de música
sin acreditar previamente el cumplimiento de las disposiciones pertinentes
ante SADAIC y AADI - CAPIF. Las empresas expositoras asumen la total
responsabilidad por los pagos que deben efectuarse a dichas entidades
por la propalación de música en sus respectivos stands.
6.4. Toda forma de publicidad dentro del stand, es libre, siempre
que su contenido no suponga infracción a las disposiciones
vigentes y que se adecue a lo establecido en el Reglamento General
de la exposición.
7.
SEGUROS
7.1. El expositor será el único responsable por los
daños y perjuicios causados a su personal, a visitantes de
la muestra que se encuentren dentro de su stand y/o a sus cosas o
a bienes de cualquier naturaleza por robo, hurto, incendio, rayo,
tempestad, explosión, granizo, penetración de agua,
humedad, inundaciones y goteras, por accidentes, por conmoción
civil, por sabotaje; y otras causas cualesquiera sea su origen y procedencia,
y será asimismo responsable por los daños y/o perjuicios
personales ocasionados dentro y fuera del stand por su personal y/o
por las cosas de que se sirve o que tiene a su cuidado.
7.2 Argentina Oro establecerá personal de vigilancia general,
responsable del orden y de la atención de imprevistos, no siendo
responsables de los robos y los hurtos que se produzcan dentro de
los stands. Durante las horas de cierre al público no podrá
permanecer dentro del recinto de la muestra otro personal que el de
vigilancia citado.
7.3. El personal de vigilancia de dependencia del expositor deberá
SER CONTRATADO DIRECTAMENTE CON EL HOTEL.
8.
LIMPIEZA
8.1. Argentina Oro dispondrá de personal de limpieza del recinto
general de la exposición. La limpieza de cada uno de los stands
estará a cargo de los expositores que se obligan a:
a- Mantener los stands en impecables condiciones durante el horario
de apertura al público.
b- Realizar la limpieza general de los stands todos los días
una hora antes de la apertura de la exposición al público
visitante.
c- Arrojar los desperdicios en los depósitos comunes y en ningún
caso en pasillos.
Las autoridades de Argentina Oro se reservan el derecho de clausurar
el stand que a su juicio no cumpla con estas condiciones.
8.2. El personal de limpieza de dependencia del expositor deberá
SER CONTRATADO EN EL HOTEL
8.3. El horario de ingreso a la muestra para limpieza y reponer los
productos destinados a la exhibición y los necesarios para
el mantenimiento o funcionamiento del stand, será únicamente
el que oportunamente comunique el C.E. Cualquier excepción
al mismo deberá ser autorizado por escrito por las Autoridades
de Argentina Oro.
9.
INAUGURACION Y HORARIOS
Los horarios de inauguración y apertura al público visitante,
serán los siguientes:
Miércoles
5-11-2008 9:30 a 18:00 hs. - Acto Inaugural 9:30 hs.
Jueves 6-12-2008 11:00 a 18:00 hs
10.
INGRESO Y CREDENCIALES
El uso de las credenciales es obligatorio en todo momento, estando
el personal de seguridad autorizado a requerir su uso.
Las empresas expositoras deberán entregar un listado con la
solicitud de credenciales, indicando quienes harán el armado
del stand y quienes atenderán el mismo a más tardar
el día 15 de Octubre, indicando en el mismo el número
de documento y cargo.
Todo
ingreso o egreso del material se hará efectivo en Av. Del Libertador
420 - Cáp. Fed. en el sector de cargas y descargas situado
en el 1º subsuelo ( entrada por la rampa de acceso al parking),
de lunes a sábados de 09:00 a 17:00 hs.
El
material será recibido bajo las siguientes condiciones en mesa
de entrada, oficina de Seguridad:
-
Deberá entregarse con un remito que será provisto por
el Hotel
- Los bultos deberán estar cerrados y rotulados con los siguientes
datos: Nombre de la empresa, fecha del evento, salón contratado.
- El remito quedará registrado en el Depto. de Seguridad del
Hotel y una copia le será entregada a la persona que entregue
el mismo.
- Todo contratista recibirá una credencial de visita para ingresar
al Hotel, sin la misma no podrá transitar por las áreas
de servicio del establecimiento.
- Por razones de seguridad no está permitido ingresar al Hotel
elementos combustibles ( Ej: garrafas, naftas, etc)
- El Hotel Emperador no se responsabiliza por la mercadería
y/o elementos abandonados en sus instalaciones.
- En caso de fuerza mayor y que el material no pueda ser entregado
en el horario establecido, se deberá informar a la Coordinadora
de Eventos con un mínimo de 24 hs. Siendo esto una excepción.
El
Hotel no se hará responsable por el estado de los materiales
dentro de cada uno de los bultos cerrados.
Una vez transcurrido el evento el Hotel mantendrá bajo custodia
por el lapso máximo de 7 (siete) dias.
Los mismos deberán ser retirados por personal autorizado de
la empresa, y el mismo deberá firmar un remito conforme a lo
retirado. Pasado ese lapso, el Hotel no será responsable de
los mismos.
11.
ASESORAMIENTO
El C.E. de Argentina Oro , está a disposición del expositor
para asesorarlo en todo lo concerniente a su participación,
aspectos reglamentarios, etc.
Las consultas deben efectuarse en la oficina del C.E.: Viamonte 2146,
5 A (C1056ABH), Buenos Aires, Argentina. Tel (54-11)4952-6097/1117
o por e-mail a plyons@panoramaminero.com.ar.
12.
MODIFICACIONES, APLAZAMIENTO, ANULACIÓN
El C.E. se reserva el derecho de modificar, cuando lo considere necesario,
las fechas y horarios de la exposición como asimismo los planos
originales o previstos de distribución de los stands para mejor
desenvolvimiento del evento sin que ello dé lugar a indemnización
alguna para el expositor. Asimismo en caso fortuito o de fuerza mayor,
que tenga como consecuencia la anulación del evento, se devolverán
las sumas abonadas por los expositores, previa deducción a
prorrata de los gastos efectuados, sin indemnización alguna.
Se considera fuerza mayor todo acontecimiento más allá
de cualquier razonable control del C.E. por lo cual está imposibilitado
de prevenirlo no obstante haber procedido con razonable diligencia.
Asimismo se considera fuerza mayor el hecho que, no obstante haberse
contratado el espacio correspondiente para el desarrollo del evento
su detentador (Predio Ferial) no permita su utilización por
una causa atribuible a su propia decisión en la fecha acordada
o difiere su realización para una fecha que el C.E. no considere
adecuada.
13.
EXCEPCIONES, MODIFICACIONES
En casos excepcionales las autoridades de la exposición se
reservan el derecho de efectuar las autorizaciones y modificaciones
al presente reglamento, y autorizaciones no previstas en el mismo,
que a su mejor saber y entender consideren conveniente para el mayor
éxito de la muestra.
14.
OBLIGACIONES
14.1. Todas las estipulaciones establecidas en el Reglamento General,
boletines informativos, comunicados técnicos, solicitudes,
plan de tiempos, planos, superficies y precios, son de cumplimiento
obligatorio; si por cualquier razón el expositor incurriera
en el incumplimiento total o parcial de las mismas, ello faculta a
las autoridades de Argentina Oro para que, sin necesidad de interpelación
alguna, dé por terminada la relación contractual, quedando
las sumas percibidas hasta el momento a beneficio de Argentina Oro
y a exigir el total del resto adeudado sin perjuicio del derecho a
retención que podrá ejercer sobre los materiales y elementos
que ocupen el módulo utilizado hasta el pago total de las sumas
reclamadas
14.2. Dado que la exposición no posee franquicias especiales,
la comercialización de cualquier producto debe hacerse respetando
la totalidad de las disposiciones de salud pública, de identificación
de mercadería, de comercio, impositivos, I.V.A., etc. que son
de corriente aplicación.
15.
NORMAS PARA PROYECTO Y REALIZACION DE STANDS - SOLICITUD Y USO DE
SERVICIOS
La documentación de proyectos, construcción y desarme
de los stands y solicitud de servicios deben ajustarse a las normas
establecidas en este Reglamento.
16.
ELEMENTOS PROVISTOS POR ARGENTINA ORO EN STAND CON INFRAESTRUCTURA
BASICA:
16.1.La alfombra es en los pasillo azul y la de los stand es gris
16.2 Medidas de Paneles: 0.95 m de ancho a eje de columna y 2.40 m
de altura
16.3. Cartel banderita con número de stand y nombre del expositor
16.4 Electricidad: Sopts en base a 50 watts por m2 y toma corriente
con llave térmica y disyuntor de 220
V 60 Ciclos.
16.5 Una mesa y dos sillas
17.
MONTAJES Y ARMADOS
-
Está terminantemente prohibido realizar trabajos de carpintería
ó pintura dentro del salón.
- No se permite clavar ni pegar material decorativo a las instalaciones
del Hotel ( paredes, vidrios, techos, etc)
- Toda estructura, escenografia, escenarios, iluminación, sonido
u otros a ser armados en el espacio rentado no podrán ser apoyados
sobre la alfombras, paredes, columnas y/o decoraciones del Hotel sin
una cobertura previa.
- Si se tuviera que contar con personal extra ( no habitual) para
el armado de stands ó equipamiento el mismo será a cargo
del cliente.
- Ningún tipo de instalación eléctrica será
realizada sin la previa autorización del Depto. de Mantenimiento
del Hotel. La misma se deberá requerir con 24 hs. de anticipación.
- En ningún momento se podrán cubrir, tapar o bloquear
dejando inaccesible elementos de seguridad del Hotel, tales como salidas
de emergencias, hidrantes, indicadores de incendio, detectores de
humo o sprinklers.
- Todo cableado que se realice en los salones del Hotel deberá
ser correctamente encintado.
- La alfombras de los salones deberán ser protegidas cuando
los contratistas realicen todo de trabajo dentro del salón,
como así también para el traslado de elementos muy pesados.
- Es responsabilidad del cliente proveer material suficiente para
proteger las instalaciones del Hotel ( fenolicos, alfombras, maderas,
etc ) como protección.
- Todo daño producido a las instalaciones del Hotel, producto
del acarreo, armado, etc del evento, ya sea por parte del cliente
ó su proveedor, quedará bajo la responsabilidad de la
empresa contratante, el cubrir la reparación de los daños
pertinentes.
18. MEDIANERAS
18.1. Materializada por paneles de 2,40m de alto sistema modular con
paneles blancos y perfilería de aluminio. Sobre éstos
se puede fijar únicamente materiales autoadhesivos pero no
pintar ni fijar elementos con pegamentos de ninguna naturaleza, la
estructura no debe usarse para soporte de vitrinas u otros elementos,
sólo para murales o muestrarios que no superen los 5 Kg en
cada panel, los que se colgarán de la barra superior. No se
puede agujerear, atornillar, ni clavar con elementos de ningún
tamaño. Los paneles dañados se cobrarán al expositor.
182. En todos los casos las medidas de los módulos están
tomadas de eje a eje de las medianeras. A pesar de encontrarse los
lotes divididos por paneles con medidas fijas, se recomienda a los
expositores trabajar en el diseño de sus stands con márgenes
de seguridad en las dimensiones de los elementos y verificar en obra
las medidas exactas del lote utilizado.
19. PRESENTACION DE PLANOS
Los expositores deberán presentar antes del lunes 20 deoctubre
de 2008 en las oficinas del C.E. sito en Viamonte 2146, 5A - Buenos
Aires, Tel.: (54 11) 4952-1117 . dos copias de planos en escala 1:
20 ó 1: 50, cada copia con una elevación y una planta
de stands (no perspectiva), deberá tambien figurar claramente
el nombre de la empresa expositora, número del stand y el nombre,
domicilio y teléfono del constructor del stand. Los planos
aprobados u observados podrán retirarse diez días después
de su presentación. En el plano se deberá indicar la
ubicación de la acometida eléctrica.
20.
ALTURA DE LAS CONSTRUCCIONES
La altura máxima de cualquier construcción, inclusive
artefactos de iluminación, es de hasta 2,50m desde el piso.
21.
LIMITES
Ningún elemento puede exceder los límites del lote,
a ninguna altura.
22.
CIELORRASOS
En todos los casos y aunque no superen los 2,40m de altura deben ser
autoportantes, es decir, no pueden apoyarse sobre los tabiques medianeros.
23.
MOSTRADORES
Los frentes de mostradores de atención deberán quedar
a una distancia mínima de 0,80m respecto del frente del stand.
24.
ILUMINACION
24.1. En la instalación de los artefactos debe cuidarse que
los mismos no causen molestias al público, ni a los stands
circundantes.
24.2. No se permite la colocación de artefactos de iluminación
sobre pisos o al alcance del público sin algún elemento
de protección que evite el contacto con este.
24.3. Los carteles luminosos o decoraciones con tubos de neón,
que se ubiquen al alcance del público, se deben colocar detrás
de paneles de vidrio, acrílico ó cualquier otro elemento
que evite efectivamente el contacto con el público.
25.
SONIDO
El único sonido admitido es el normal de las máquinas
y equipos el que asimismo podrá ser limitado o prohibido por
el C.E. si lo considera excesivo Los expositores que deseen instalar
emisores de sonido (cine sonoro, audiovisuales, videograbadores) en
funcionamiento permanente o intermitente, deberán instalarlos
en condiciones que no produzcan molestias ajustándose a lo
establecido en el punto 6.3.
26.
RESPONSABILIDAD
Es del expositor por todo tipo de daños o accidentes que provoquen
sus elementos eléctricos a sí mismo, su personal, sus
productos o terceros.
27.
PENALIDADES
Se clausuraran las instalaciones no solicitadas previamente y las
no aprobadas por la Dirección Técnica, y no se habilitarán
otras en su reemplazo
28.
PLAZO DE EJECUCION
Construcción de stands:
El día 4 de noviembre de 14:00 a 20:00 horas.
29.
DESARME
Los expositores están obligados a retirar sus productos, a
desarmar y retirar sus stands el día 6 de noviembre una vez
finalizada la exposición.. Los deterioros producidos en instalaciones
se reparán con cargo del Expositor. Los expositores no están
autorizados a realizar reparaciones de ninguna clase.